Guía completa de Madrid Central: a quién afecta y cómo se podrá circular

madrid central

Tras meses de controversia, polémica y ajustes de fechas, ya está aquí Madrid Central, la nueva área de bajas emisiones que afecta a la almendra central de la capital. Entra en funcionamiento este viernes 30 de noviembre y supondrá la limitación de la circulación para no residentes en su perímetro interior, aunque su implantación será progresiva y no habrá multas hasta marzo de 2019.

¿Qué es Madrid Central?

Madrid Central es una zona protegida de bajas emisiones de gases contaminantes que afecta a 472 hectáreas del centro de la capital. Incluye las cuatro APR (áreas de prioridad residencial) que ya estaban activas (Letras, Cortes, Embajadores y Ópera) y se unen dos nuevos distritos: Justicia y Universidad.

Madrid Central comprende seis áreas de prioridad residencial

Quién ha decidido implantar Madrid Central

La aprobación de la nueva ordenanza que regula Madrid Central tuvo lugar el 5 de octubre en el pleno del Ayuntamiento, con los votos a favor de Ahora Madrid y el PSOE, y los votos en contra de PP y Ciudadanos.

Por qué se implanta

La medida busca la mejora de la situación medioambiental del centro frente a los efectos de la contaminación atmosférica, que en Madrid supera los niveles marcados por la Unión Europea. También contribuirá, según el Ayuntamiento, a la reducción del ruido y a un uso más peatonal del centro. Según las previsiones del consistorio, se evitarán un 40% de emisiones de dióxido de nitrógeno y un 37% de kilómetros recorridos.

Cuándo empieza a funcionar

El 30 de noviembre es la fecha clave. Desde las 00.00 horas estará prohibida la circulación de los vehículos que marca la ordenanza dentro de los límites de Madrid Central. La aplicación será gradual y progresiva y habrá controles manuales por parte de los agentes de movilidad y de la Policía Municipal.

Cómo funciona el etiquetado ambiental

Desde el verano estamos en fase de información sobre el etiquetado ambiental que marca la DGT en función de la antigüedad y las emisiones de cada vehículo. Esas etiquetas serán el distintivo que permita o restrinja el acceso a Madrid Central. De momento no es obligatorio llevarla visible en el vehículo, aunque sí recomendable. Será obligatorio a partir del 24 de abril de 2019, según marca la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid. Si todavía no tienes tu etiqueta y no sabes cuál te corresponde, la DGT habilitó una página en la que puedes consultarlo introduciendo la matrícula de tu vehículo, así como los lugares donde puede conseguirse.

A qué zonas afecta

El perímetro de Madrid Central viene marcado por las rondas y bulevaresde la zona centro: las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), calle Princesa y calle Serrano Jover.

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